SINDICATO
NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEMOCRÁTICO
CEND-SNTE
|
BOLETÍN DE PRENSA
Presentación de algunos elementos
básicos para defender nuestro empleo y la educación pública con rumbo claro en
el quehacer por nuestros derechos ciudadanos.
México, Distrito Federal, a 27 de enero de 2013.
Las trasnacionales y
OCDE imponen a México reformas regresivas
“En el hecho, el gobierno priista de
Enrique Peña Nieto lo que erige es la despedida masiva de millones trabajadores
al servicio de Estado. El transcurso que camina es una cadena continua de
reformas de carácter descomunal, de despojo total del apartado social del
Constituyente de 1917; es el proceso más agresivo por gobierno alguno desde
aquél año, que trasciende a la aniquilación de nuestra soberanía como país
independiente”: Opinión de más de 3.2 millones de trabajadores que interpusimos
solicitud de amparo contra la esclavista reforma laboral y que nos preparamos
para el amparo contra la reforma educativa.
Sustentos
para la lucha legal y política.
¿Cuántos millones de mexicanos estaremos dispuestos a dar la batalla por la
Patria?
La estabilidad en el empleo
cancelada por órdenes supranacionales al gobierno mexicano, y avaladas por los
sumisos legisladores y cúpulas partidistas, para felicidad de los grandes
empresarios locales y otros de capital explotador global, así como de Elba Esther
Gordillo Morales, afecta a más de 54 millones de trabajadores de la Población
Económicamente Activa (PEA), aunados a ellos los seis millones de menores de
edad que trabajan o son explotados sin el menor derecho humano o laboral.
Todas las adecuaciones al marco
jurídico mexicano son para la descomunal deslegitimación de derechos
universales de los mexicanos y hacer constitucional la aplicación de su “ley” a
quienes nos opongamos a esta afrenta contra la Patria.
Actualmente, como trabajadores al
Servicio de la Secretaría de Educación Pública (SEP), nos rige la Ley Federal
de los Trabajadores al Servicio del Estado, ley reglamentaria del apartado “B”
del Artículo 123 Constitucional y, en el artículo 11 de la Ley Federal en
comento, establece que en todo lo no previsto en ella, se suplirá por la Ley
Federal del Trabajo, reglamentaria del artículo 123 en su apartado A.
La Tesis de Jurisprudencia 1/96 de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, establece que: Trabajadores al Servicio
del Estado, sujetos a derechos previstos en el apartado “B” del Artículo 123
Constitucional, al prestar servicios para autoridades educativas de organismos
públicos descentralizados, también son aplicables las normas previstas en el
apartado “A” del citado artículo.
En el “Acuerdo de cooperación
México-OCDE para mejorar la calidad de la educación de las escuelas mexicanas y
Mejorar las escuelas”, se ordenan 15 recomendaciones que proponen una
estrategia de acción que busca, según este organismo, dar más “apoyo” a las
escuelas, directores y docentes para mejorar los resultados de las
instituciones y los estudiantes; esto es, sin lugar a dudas, con la supuesta autonomía de las escuelas a
través de los Consejos de Participación Social, el uso de los padres de
familia, alumnos, docentes y directivos en la apertura de fuentes alternas de
financiamiento escolar y la obligatoriedad de las cuotas escolares; se plantea
la modificación curricular para el desarme cultural de los mexicanos; el golpe
de expiración al normalismo en México, planteando nuevas modelos neoliberales de
formación docente; y más allá de eso, en la octava recomendación “Evaluar para
ayudar a mejorar”, ordena en la parte final: “…Los docentes que presenten un
bajo desempeño de forma permanente deben ser excluidos del sistema educativo”.
En el otro ordenamiento “Establecimiento
de un marco para la evaluación e incentivos para docentes: Consideraciones para
México”... Más claro que el agua. Lo que la OCDE quiere decir, es que se evalúa
para castigar con el despido o desbasificación, y como anzuelo, se premiará con
migajas a quienes acepten ser sometidos con los exámenes estandarizados.
La modificación regresiva del Artículo 3º
Constitucional, contempla: “La Ley reglamentaria fijará los criterios, los
términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la
promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional…”
En nuestro antecedente histórico, en
1917 se emitió la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como
fruto de la Revolución Mexicana, estableciéndose por primera vez en una
Constitución derechos sociales, entre otros, el artículo 5º que sustenta el
derecho de todo individuo al trabajo lícito y justamente remunerado y,
consecuentemente en el artículo 123, los derechos fundamentales de los
trabajadores mexicanos, como en el tercero la educación gratuita para el pueblo.
El 7 de noviembre de 1945, el Estado
mexicano ingresa a la Organización de las Naciones Unidas (ONU). El 23 de marzo
de 1981 ratifica el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y
Culturales (PIDESC). Tras la ratificación del Pacto, asume la responsabilidad
de velar por la protección, respeto y garantía de los derechos económicos,
sociales y culturales, dentro de los que se encuentra el derecho al trabajo.
En 1948 ingresa a la Organización de
Estados Americanos tras la firma de la Carta de los Estados Americanos y de la
Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre. En 1998 entra en
vigencia el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos
Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en el que se
reconoce el derecho al trabajo .
La obligatoriedad en la aplicación de
los tratados internacionales en materia de derechos humanos deriva de lo
señalado en los artículos 1º y 133 de la Constitución, aunado a lo señalado en
la Convención de Viena, firmada y ratificada por México el 28 de abril de 1988.
El cumplimiento de las obligaciones derivadas de dichos instrumentos
internacionales, se debe realizar, de acuerdo con lo señalado en su articulado,
con base en los principios de universalidad, integralidad, interdependencia y
progresividad de los derechos humanos.
México es miembro de la Organización
Internacional del Trabajo, motivo por el cual los Convenios emanados del mismo
son obligatorios para el Estado Mexicano.
Recientemente, en junio de 2011
procede una modificación a la Constitución, que abre la puerta a la defensa del
derecho de los trabajadores para hacer uso del Amparo Directo contra quienes,
estando al frente de las instituciones mexicanas, modifiquen regresivamente
aspectos de la Carta Magna que violen los acuerdos internacionales sobre
derechos laborales y humanos ó en su caso, en todo el ámbito educativo, signados
por el gobierno mexicano en donde deberá tener un papel trascendental el papel
a desempeñar por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, especialmente en un
momento como el actual, donde los poderes de la nación están fuertemente
cuestionados por la opinión internacional en la decisión tomada respecto a los
casos de Florence Cassez, el asesinato de periodistas, como la permanente
violación a los derechos humanos, laborales, democráticos y ciudadanos del
pueblo mexicano.
En estos temas, ante estas
circunstancias y, sustentándonos en lo derivado del Examen Periódico Universal de
la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en 2009, el Estado mexicano recibió
las siguientes recomendaciones:
a).- Continuar con las reformas
iniciadas para garantizar el pleno disfrute de los derechos humanos y las
libertades fundamentales de sus ciudadanos, en particular, la armonización de
la legislación nacional con sus compromisos internacionales.
b).- Incorporar de manera efectiva
las disposiciones de los instrumentos internacionales de derechos humanos en la
legislación nacional.
c).- Armonizar las leyes federales y
estatales con instrumentos internacionales de derechos humanos
Actualmente, en el Diario Oficial de
la Federación de fecha 30 de noviembre de 2012, se publicó el Decreto emitido
por el Congreso de la Unión, relativo a las reformas a la Ley Federal del
Trabajo, reglamentaria del apartado A del artículo 123 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual contiene los dispositivos
tildados de inconstitucionales e inconvencionales.
En este momento, el Congreso de la
Unión y el Ejecutivo Federal están por días de ejecutar el Decreto de la
reforma educativa regresiva que, quedará en la historia, si lo permitimos, como
la aniquilación del derecho a la educación pública para los mexicanos, el
sometimiento cultural del pueblo y la cancelación de garantís y conquistas para
los trabajadores activos, de nuevo ingreso, jubilados y promocionados en el
Sistema Educativo Nacional, como un ejemplo claro de la abdicación del Estado
Mexicano en su responsabilidad de garante de la impartición de la educación
pública.
En este caso, las disposiciones
enumeradas, reformadas, adicionadas o modificadas en la Ley Federal del Trabajo,
a los artículos 3º y 173 Constitucionales, más a los que se adicionen con las
anunciadas reformas energética, fiscal, a la seguridad social y otras, queda
muy claro que son contra todo precepto de garantías y derechos ciudadanos, por
lo tanto, violatorias de los derechos fundamentales de los 115 millones de
mexicanos.
La realidad que teníamos antes de la
modificación a la LFT y a los artículos constitucionales tercero y 173 se
interpreta de gravedad; la que tenemos después de las reformas regresivas es de
estado comatoso. Ante esta oscurecida situación nos proponemos:
1)
Trabajar la ruta
legal con el Amparo Directo inmediato en contra de quienes, estando al frente
de nuestras instituciones, que violentan los acuerdos internacionales signados
por el Gobierno de México, con las modificaciones constitucionales que cancelan
derechos humanos y laborales en detrimento de las garantías adquiridas. Amparo
Directo con el llamado nacional a los mexicanos para integrarse firmemente, mismo
que se promueve para trabajadores de la educación, padres de familia y
ciudadanos mayores de 18 años en contra de la reforma educativa neoliberal de
carácter regresivo.
2)
La desobediencia
ciudadana en contra de las leyes injustas; socializar, concientizar y decidir
en unidad nacional la ausencia total de docentes y no docentes en la aplicación
de las pruebas estandarizadas como ENLACE y PISA, el rechazo a la inscripción
en la XXII etapa de Carrera Magisterial discriminatoria, a la par con el
rechazo a la punitiva Evaluación Universal.
3)
La ruta educativa
implementando en las escuelas, de hecho, nuestra propuesta alternativa de
educación para los mexicanos, a partir de las decisiones a que haya lugar en el
Congreso Nacional Popular de la Educación, Ciencia, Arte, Cultura e
Investigación que dará inicio del 2 al 4 de febrero del presenta año.
4)
En lo político convocar
e integrarnos a todas las acciones en contra de las reformas estructurales
neoliberales y por la defensa de nuestros derechos ciudadanos. Iniciando con la
Gran Marcha Nacional Popular de este 31 de enero, a las 16 horas, del Ángel de
la Independencia al Zócalo en la Ciudad de México y en los estados, con
actividades de respaldo, demostrando el rechazo contra las políticas antipopulares
del gobierno.
¡Vamos a
inscribirnos todos los millones de patriotas mexicanos al amparo contra la
reforma educativa regresiva!
FRATERNALMENTE
POR
LA EDUCACION AL SERVICIO DEL PUEBLO
RESISTIR,
OCUPAR, EDUCAR, TRANSFORMAR, CONSTRUIR PODER POPULAR.
COMITE
EJECUTIVO NACIONAL DEMOCRATICO DEL SNTE
www.cend-snte.com contacto@cend-snte.com cend.snte@gmail.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario